En Buenos Aires el gobierno cobrará un impuesto a los usuarios de servicios como Netflix y Spotify

El gobierno argentino anunció que desde noviembre de este año cobrará un impuesto del 3% sobre el precio neto de operaciones realizadas con tarjeta de crédito y débito en servicios digitales como Netflix y Spotify en la ciudad de Buenos Aires.

La resolución se aplicará también a servicios de videojuegos online como las plataformas PlayStation Network y Xbox Live.

Por otro lado, en la norma aprobada no se incluye ninguna medida que proteja al usuario de un aumento de costo del precio final del servicio por parte de los proveedores.

Del lado de las compañías afectadas, sólo Spotify emitió comentarios, y confirmaron en una entrevista que la medida no afectará a los precios que manejan en este país.

La norma es bastante general, y abarca básicamente a todos los servicios pagos de streaming de video:

Artículo 1.- Establécese un Régimen de Retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos respecto de la contratación de servicios de suscripción online para acceder a películas, TV y otros tipos de entretenimiento audiovisual («películas y series») que se transmiten por Internet a televisores, computadoras y otros dispositivos conectados a Internet como así también por la suscripción para comprar y/o alquilar contenidos digitales relacionados con música, juegos, videos, o similares.

Artículo 2.- Desígnase como Agentes de Retención a las Entidades Emisoras de Tarjetas de Crédito, Débito y Compra que intervengan en las operaciones detalladas en el artículo anterior, siempre que los pagos se efectúen a las empresas que brindan los servicios allí consignados.

Artículo 3.- La alicuota aplicable para la liquidación de la retención será del 3% (tres por ciento) sobre el precio neto de la operación y se practicará en el momento de la rendición de los fondos para su transferencia al exterior.

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos explicó en un documento que esta medida se alinea con la política actual de «prever que las transacciones que se realizan a través del comercio electrónico no socaven la capacidad del Estado para recaudar los ingresos públicos vía tributación».