Ejemplar: Ecuador propone una ley contra la obsolescencia programada

El 26 de febrero de 2015, la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología y Educación de Ecuador actualizó su wiki de uno de sus principales proyectos de ley (sí, es admirable que redacten sus leyes usando una wiki, así obtienen máxima participación pública). La ley propuesta, busca “establecer el conocimiento como un bien de interés público para la sociedad, así como desarrollar las reglas básicas para la carrera del investigador y la creación y funcionamiento de los espacios en los que se genera conocimiento e innovación”.

Entre sus disposiciones generales, incluyen una referencia a la obsolescencia programada:

DÉCIMA.- Las instituciones públicas deberán realizar un control aleatorio de sus bienes ex post a la adquisición, para verificar que estos no sufran de obsolescencia programada.

Para efecto de aplicación de esta norma se entenderá como obsolescencia programada el conjunto de técnicas mediante las cuales un fabricante, importador o distribuidor de bienes, en la creación o a través de la modificación del producto, reduce deliberadamente e injustificadamente su duración con objeto de aumentar su tasa de reemplazo.

El órgano público encargado de las compras públicas en coordinación con el INEN regularán la aplicación de esta disposición. En los casos en los que se determine la existencia de obsolescencia programada los proveedores de dichos bienes quedarán impedidos para contratar con el Estado de manera permanente, sin perjuicio de la responsabilidad civil y las sanciones administrativas y penales a las que hubiere lugar en aplicación de la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor, la Ley Orgánica de Control del Poder del Mercado y el Código Integral Penal, respectivamente.

Se generarán los mismos efectos señalados en el inciso anterior, cuando se compruebe, a través de los órganos correspondientes, la obsolescencia programada en el comercio entre particulares.

Es interesante porque ya han habido antecedentes legales en contra de la obsolescencia programada en otros países, como la demanda de Brasil contra Apple y la ley aprobada en Francia que castiga con hasta dos años de prisión y multas de 300.000 euros a empresas que, con la excusa de las leyes del mercado y la supervivencia empresarial, violen las leyes de defensa del consumidor.

Esta ley ecuatoriana estaría enviándose a la Asamblea en estos meses, y de ser aprobada constituiría un antecedente importante a nivel mundial en la lucha contra la obsolescencia programada en los sistemas nacionales de compras públicas.